CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz *

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Empresa Producto Información de contacto
Comercializadora Villamed cobertura: latinoamerica CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz, CEREAL Honey & Oat Rings 189.44 grs, 6.7 oz Somos proveedores de CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz en Minas 146 E1 302 Col. Lomas de Becerra
México, D.F. C.P. 01279 . México
Datos y productos de Comercializadora Villamed
A.M. ROMA y CIA. S.A. de C.V. cobertura: A nivel nacional Aspersor swissmex lola mod. 189.015 mochila 20 lts., Gamexane d 750 grs. Ofrecemos Aspersor swissmex lola mod. 189.015 mochila 20 lts. en Calle 23 num. 54 Col. Olivar del conde 2a secc.
Alvaro Obregón, Distrito Federal C.P. 1408 . México
Datos y productos de A.M. ROMA y CIA. S.A. de C.V.
Pistache Premier cobertura: . cereal, cereales kellogs Somos un proveedor de cereal en CALLE7 701 MERCADO DE ABASTOS
Jalisco, Jalisco C.P. 44530 . México
Datos y productos de Pistache Premier
Grupo Empresarial Sierra Nevada cobertura: Latinoamerica Cereal, Cereales Somos suplidores de Cereal en . Colombia
Datos y productos de Grupo Empresarial Sierra Nevada
Aminoacidos Y Agroinsumos cobertura: México Cereal b, Bravo 720 floable Ofrecemos Cereal b en BLVD MANUEL J CLOUTHIER 1791 Col. LIBERTAD
CULIACAN, SINALOA C.P. 80180 . México
Datos y productos de Aminoacidos Y Agroinsumos
NUTRICROKS cobertura: todo el peru Cereal, cereales envasados Somos un proveedor de Cereal en Av. B Mz. H Lt.27 Urb. pro industrial san martin de porres Col. pro industria
lima, lima . Perú
Datos y productos de NUTRICROKS
Comercial Mario Magnani Inostroza E.I.R.L. cobertura: Latinoamérica Europa Asia Africa Cereal Somos proveedores de Cereal en Nogales 288 Col. San Bernardo
Santiago, Santiago C.P. 8071390 . Chile
Datos y productos de Comercial Mario Magnani Inostroza E.I.R.L.
Etanol Bosques cobertura: Canadá, EU y Latinoamérica Alcohol de cereal Ofrecemos Alcohol de cereal en Icacos No. 21 Col. Narvarte
México, Distrito Federal C.P. 03010 . México
Datos y productos de Etanol Bosques
EquipNet cobertura: INTERNACIONAL Línea Cereal Somos un proveedor de Línea Cereal en 50 Hudson Road Col. Canton
Estados Unidos, C.P. 02021 . Estados Unidos
Datos y productos de EquipNet
Industrias Alazan picadoras de cereal Somos proveedores de picadoras de cereal en Mariano Acha Nº 3760/ 82 Col. Capital Federal
Argentina, Buenos Aires C.P. 1430 . Argentina
Datos y productos de Industrias Alazan
IMISA cobertura: Estados Unidos, Chile, Uruguay, Brasil, Colombia, Ecuador, Peru, Bolivia, Paraguay, Honduras, Nicaragua, El Salvador, Costa Rica, Panama, República Dominicana, Puerto Rico, Guatemala, Mexico, España, Inglaterra, Italia, Francia, Rusia, Polonia, Nueva Zela Barras de cereal, Barras de cereal Ofrecemos Barras de cereal en Suipacha 211 piso 13 B Col. San Nicolas
Capital Federal, Capital federal C.P. 1008 . Argentina
Datos y productos de IMISA
Industrial de Alimentos Cereal fortificado Somos un proveedor de Cereal fortificado en Calz. de la Naranja #157 Col. Fracc. Alce Blanco
Naucalpan, Edo. de Méx. C.P. 53370 . México
Datos y productos de Industrial de Alimentos
DIPLA DISTRIBUIDORA DEL PLATA cobertura: MUNDIAL BARRAS DE CEREAL Somos proveedores de BARRAS DE CEREAL en Av Córdoba 1318 piso 14 "A" Col. CAPITAL FEDERAL
Buenos Aires, ARGENTINA C.P. C1055AAQ . Argentina
Datos y productos de DIPLA DISTRIBUIDORA DEL PLATA
Centro Quimica cobertura: MERCOSUR Alcohol cereal Ofrecemos Alcohol cereal en Sucre 560/62
CORDOBA, Argentina . Argentina
Datos y productos de Centro Quimica
Agrimaq® cobertura: Mercosur y resto del mundo Secadero de cereal, Secadoras de cereales Somos un proveedor de Secadero de cereal en Cullen 1666 Col. Las Colonias
Esperanza, Santa Fe C.P. 3080 . Argentina
Datos y productos de Agrimaq®
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Si usted desea conocer solicitudes de Compradores de CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz o productos similares, a continuación le mostramos una lista de requerimientos de suministro o solicitudes de cotización, importación o compra de CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz. Para poder contactar a los Compradores, Importadores, Demandadores o Clientes de CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz vea el listado de requerimientos y solicíteles información
ID Producto de Interés Consumo Ubicación Puesto Observaciones
546309 Compra de fruta cristalizada para fruit cake 100 Kilogramos
Anual
Comprador de fruta cristalizada para fruit cake en colima, México unico

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387699 Compra de 20 189 34.100 FUSIBLES TIPO gRL(gS) de 100 AMP 4 Piezas
Única vez
Comprador de 20 189 34.100 FUSIBLES TIPO gRL(gS) de 100 AMP en tamaulipas, México ingeniero FUSIBLES TIPO gRL(gS) de 100 AMP

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51406 Compra de RINGS 100 Kilogramos
Semanal
Comprador de RINGS en SP, Brasil Director Please inform details from your products. We are a group based in Sao Paulo SP Brazil.

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61386 Compra de o rings 20 Piezas
Para pruebas
Comprador de o rings en Waddington 716, Chile Docente Se requieren orings de silicona, para ser usado en pruebas de membranas con miras a su escalamiento ...

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115691 Compra de o`rings 1000 Piezas
Bimestral
Comprador de o`rings en Mexico, México Encargado de Proyectos

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119354 Compra de O-rings 500 Piezas
Quincenal
Comprador de O-rings en Distrito Nacional, República Dominicana Asistente de Ventas me gustaria informacion acerca de ustedes y saber si ustedes fabricarian o-rings segun nuestras especificaciones

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254298 Compra de o rings 40000 Piezas
Única vez
Comprador de o rings en CAP. FED, Argentina COMPRAS MEDIDAS 6.4 X 1.9 COD. 6-169 N70/90

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316161 Compra de o rings 4000 Piezas
Mensual
Comprador de o rings en Carabobo, Venezuela - Buenas tardes, mi interes sobre sus productos es debido a la necesidad de varios item de orings en viton negro y cafe ...

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338346 Compra de o rings 400 Piezas
Única vez
Comprador de o rings en Nuevo Leon, México Gerente Orings 4x1 mm en Viton verde 4x1 mm en Silicon Blanco serian 200 de uno y 200 del otro

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367910 Compra de o rings 7000 Piezas
Mensual
Comprador de o rings en guanajuato, México gerente ventas oring duresa 70 buna N 4 mm diametro interior x 2 mm espesor

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Clientes o compradores de: CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz

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No. de Oportunidad Comprador de CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz Ubicación del comprador Cantidad requerida Información de contacto Opine y Califique
142117
(1-Ene-2008)
particular
cochabamba, Bolivia
1 MMlb
Diario
140031
(18-Dic-2007)
RosseArt
Puerto Rico, Puerto Rico
3 Kilogramos
Mensual
133015
(25-Nov-2007)
inds. quim. cosmeticas
toluca, México
50 Libras
Mensual
132593
(23-Nov-2007)
TYCOHEALTH CARE
puebla, México
1 Kilogramos
Diario
132468
(23-Nov-2007)
ADA RESTAURACION
JALISCO, México
100 Gramos
Diario

Empresas que incluyen en su nombre el término CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz

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sobre ellas y solicitar información dando clic a cada una:
Empresa Dirección / Información de contacto
Av. MAnuel Gonzalez No. 165 Col. Cuauhtemoc
México, D.F. C.P. 06450 , México
 
Charcas 1468
Ramos Mejía, Bs. As. , Argentina
 
P.Icaza 407 y Cordova piso 12 of.1202
Guayaquil, Guayas C.P. 0593 , Ecuador
 
BOGOTA, Colombia , Colombia
 
Calle 11A No. 72D11 Col. Villa y Alsadia
Bogotà, Cundinamarca , Colombia
 
México
 
Nataniel Cox 1935, Local 4
Santiago, Santiago , Chile
 
Carrera 13A No. 104 - 41, Of. 301 Edificio Millenia Col. Barrio Santa Paula
BOGOTA, CUNDINAMARCA C.P. 0000 , Colombia
 
Martinez de Navarrete num. 83-B Col. Francisco Villa
Jacona, Michoacan C.P. 59845 , México
 
Via Quevedo km. 24 Col. Parroquia Luz de America
Santo Domingo de los Colorados, Tshachila , Ecuador
 

Ofertas de proveedores de: CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz

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Producto Ubicación Cantidad Precio Comentarios
cubrebocas estado de méxico, México 50 Piezas 0 Peso mexicano

Noticias que incluyen en su texto el término CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz

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05-Julio-2002
¡El Cereal!
  
     Fuente:  Intélite
La inconformidad social extrema se está convirtiendo en una amenaza seria para la buena marcha de este país, fomentada por la falta de sensibilidad política de un Gobierno federal cuyo único aparente interés se orienta exclusivamente hacia los correligionarios y las clases privilegiadas afines. La desatención política a los marginados de esta nación, la cerrazón hacia otras fuerzas políticas que no sean las del PAN.  

  • Centro de Reflexión y Acción Laboral y lo fundaron miembros activistas de la Compañía de Jesús. Para tener un conocimiento amplio de este organismo de lucha obrera es preciso leer el libro; A menudo he pensado en otra Historia, del sacerdote Carlos Gerardo Rodríguez Rivera.
  • LFT y la Constitución e interpelados por un Estado cada vez más burgués y liberal impulsor de la entrega del país vía acuerdos comerciales".
  • México una "derrota sindical" atribuible al "charrismo sindical, al corporativismo, al oficialismo, a la tecnocracia liberal y a un empresariado voraz desarrollado en un ambiente de capitalismo salvaje, en el cual las decisiones estratégicas las toman el Poder Ejecutivo y las cúpulas empresariales, desarticulando al sindicalismo mexicano y reforzando la derrota obrera".
  • Cereal ha estado activo, sobre todo en los años 90, alentando huelgas y movimientos sociales, una de las más recientes hace dos años cuando organizaron grupos opositores al cierre de una planta Philips con grupos afines como el Proyecto Integra, Comité de Observadores Independientes y otros más que han ido formando para incrustarse en la clase obrera y llevar agua a su molino ideológico.
  • SHCP así como la complejidad de nuestras leyes fiscales, la falta de incentivos a la producción, la excesiva carga burocrática y otros temas de plena incumbencia federal. Cereal o el PT que está detrás de lo de Atenco y el EZLN, misteriosamente callado más no inerte- ganen terreno y adeptos. Entonces surge la violencia. 

 

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03-Octubre-2000
Premio Mundial de la Alimentación
  
     Fuente:  Intélite
Evangelina Villegas, científica mexicana, recibió el Premio Mundial de la Alimentación del Milenio, por su trabajo en el desarrollo de la variedad de maíz rico en proteína. Desarrolló un tipo de cereal que ofrece la particularidad de prevenir la desnutrición.

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07-Junio-2002
Atenderá Nazca clientes de la región
  
     Fuente:  Intélite
Nazca, que preside José A. Cabrera, inicia con dos nuevas cuentas: Cereal Partners Worldwie, formada por Nestlé en asociación con General Mills. De este mismo cliente también atienden Corn Flakes y Frixx. Asimismo, confirma Cabrera la asignación de los pañales Pampers de Procter & Gamble, que también atenderá en América Latina. (Columna: InterMedios).

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Artículos que incluyen en su texto el término CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz

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Si usted requiere información de CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz que incluyan en su texto el término CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de artículos exclusivos publicados en el portal. Los artículos pueden incluir Definición del producto, Información Técnica, Propiedades, Características, Condiciones de Manejo y Disposición, Tipos, Usos y Aplicaciones, Nuevos Desarrollos, Problemas asociados, todo tipo de información de CEREAL Fruit Rings; 189.94 grs, 6.7 oz y mucho más. Usted puede leer en forma gratuita cada artículo y dar clic en Ampliar para ver el contenido completo:


01-07-2005
NOM Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Empaque, Envase y Embalaje |

SECRETARIA DE SALUD

NORMA Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002, Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO.

ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 34 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XXII, 13 apartado A) fracción I, 194 fracción I, 195, 197, 210, 273, 274 y demás aplicables de la Ley General de Salud; 38 fracciones II y VII, 39 fracción V y 40 fracciones I, V, XI y XII, 41, 43, 47 fracción IV y 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 31 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o., 15, 25, 198 y quinto transitorio y demás aplicables del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 2 literal C fracción II, 34 y 36 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y 2 fracciones II y III, 7 fracción XVI, y 11 fracciones I y II del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la siguiente Norma Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002. Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 9 agosto de 1999, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Calidad Sanitaria de Bienes y Servicios, ahora Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios, presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, el anteproyecto de la presente Norma
Oficial Mexicana.

Que con fecha 19 de junio de 2000, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la siguiente Norma Oficial Mexicana a efecto de que los interesados dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Regulación y Fomento Sanitario.

Que con fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, se expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO
Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma participaron los siguientes organismos e instituciones:

SECRETARIA DE SALUD
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios
Dirección General de Salud Ambiental

SECRETARIA DE ECONOMIA
Dirección General de Normas
Dirección General de Política de Comercio Interior

PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Coordinación General de Investigación

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE ACEITES, GRASAS, JABONES Y DETERGENTES

AMWAY DE MEXICO, S.A. DE C.V.

COLGATE-PALMOLIVE, S.A. DE C.V.

CENTRO DERMATOLOGICO D. LADISLAO DE LA PASCUA

DETERGENTES INDUSTRIALES MEXICANOS, S.A. DE C.V.

INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V.

PROCTER & GAMBLE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

MARVIL MEXICANA, S.A. DE C.V.

SC JOHNSON AND SON, S.A. DE C.V.

INDICE

1. Objetivo y campo de aplicación

2. Referencias

3. Definiciones

4. Símbolos y abreviaturas

5. Clasificación

6. Requisitos de etiquetado

7. Requisitos de envasado

8. Presentación de la información

9. Declaraciones no permitidas

10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

11. Bibliografía

12. Observancia de la Norma

13. Vigencia

1. Objetivo y campo de aplicación

1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos de información sanitaria y comercial que deben contener las etiquetas de los productos de aseo de uso doméstico, para elegir una mejor opción de compra, así como los lineamientos sanitarios para su envasado y así evitar que su uso represente un riesgo a la salud.

1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas y morales que se dedican a su proceso o importación.

2. Referencias

Esta Norma se complementa con las siguientes normas vigentes:

2.1     NOM-002-SCFI-1993       Productos preenvasados. Contenido neto, tolerancias y métodos de verificación.

2.1     NOM-008-SCFI-1993       Sistema General de Unidades de Medida.

2.2     NOM-030-SCFI-1993       Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones.

3. Definiciones

Para fines de esta Norma se entiende por:

3.1 Coadyuvante o ayudas de procesos, a la sustancia o materia, excluidos aparatos, utensilios y aditivos, que no se considera como ingrediente por sí mismo en el producto y se emplea intencionalmente en la elaboración de materias primas, productos o sus ingredientes, para lograr una finalidad tecnológica durante el tratamiento o la elaboración que puede dar lugar a la presencia no intencionada, pero inevitable de residuos o derivados en el producto final.

3.2 Consumidor , a la persona física o moral que adquiere o disfruta como usuario final los productos de aseo de uso doméstico.

3.3 Denominación específica , al nombre particular que recibe un producto y que se encuentra asociado a la(s) característica(s) que lo distinguen dentro de una clasificación general y lo restringen en aplicación, efecto, estructura, función y uso particular.

3.4 Denominación genérica , al nombre que recibe un grupo de productos, que en función de su uso tienen características comunes y que representa cada uno de los distintos tipos o clases en que se
pueden ordenar.

3.5 Embalaje , al material que envuelve, contiene y protege debidamente los envases primarios o envases secundarios en su caso, que facilita y resiste las operaciones de almacenamiento y transporte, no destinado para su venta al consumidor en dicha presentación.

3.6 Envase colectivo , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más variedades diferentes de productos preenvasados, destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

3.7 Envase múltiple , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más productos preenvasados iguales en su composición, que sólo varían en sus propiedades sensoriales o de tamaño, y destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

3.8 Envase presurizado , al envasado a presión provisto de una válvula de mando que con un gas propulsor permite proyectar en el aire al producto en diferentes formas.

3.9 Envase primario , al recipiente destinado a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando su integridad física, química y sanitaria.

3.10 Envase resistente a niños , al envase diseñado o construido de tal manera que presente dificultad para ser abierto por niños de cinco años.

3.11 Envase secundario , al que contiene al envase primario de manera individual.

3.12 Etiqueta , al marbete, rótulo, inscripción, marca, imagen gráfica u otra forma descriptiva que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, en relieve o en hueco, grabado, adherido, precintado o anexado al empaque o envase del producto.

3.13 Ingrediente , a la sustancia que forma parte de la composición o fórmula del producto terminado.

3.14 Leyendas precautorias , al texto o representación gráfica que informe y, en su caso, prevenga al consumidor, sobre los posibles daños a la salud que ocasione la presencia de un ingrediente específico o el mal uso o aplicación del producto.

3.15 Lote , a la cantidad de un producto elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades homogéneas.

3.16 Proceso , al conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos.

3.17 Producto a granel , al producto que debe pesarse, medirse o contarse en presencia del consumidor por no encontrarse preenvasado al momento de su venta.

3.18 Producto corrosivo , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa destrucción o alteraciones irreversibles en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

3.19 Producto de aseo de uso doméstico , a los productos definidos en el numeral 3.20 y cuya formulación y comercialización está destinada a los consumidores que los usan o aplican en las diferentes áreas del hogar o instalaciones similares, tales como: oficinas, escuelas y hospitales, entre otros.

3.20 Productos de aseo , a las sustancias o mezclas de sustancias que se emplean de forma directa o indirecta, independientemente de su estado físico, destinadas a: la limpieza, lavado e higiene de objetos, superficies y fibras textiles y que tienen por objeto desprender o eliminar la suciedad y las manchas; proporcionar un determinado aroma o eliminar malos olores del ambiente; impartir un acabado lustroso a objetos y superficies, modificar y acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas; desobstruir los ductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales y los demás con fines análogos que determine la Secretaría.

3.21 Productos especiales para textiles , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que facilitan el aseo y mantenimiento de fibras textiles al modificar o acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: almidones o aprestos, blanqueadores, productos para el planchado, prelavadores, desmanchadores y suavizantes.

3.22 Producto inflamable , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso tiene un punto de inflamación menor o igual a 37,8ºC, prende fácilmente y se quema rápidamente, generalmente
de forma violenta.

3.23 Producto irritante , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa un efecto inflamatorio reversible en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

3.24 Productos multifuncionales , a los productos de aseo de uso doméstico que debido a su formulación pueden tener varias de las funciones tecnológicas descritas en los numerales 3.21, 3.25, 3.26, 3.27, 3.28 y 3.29, así como alguna otra función tecnológica diferente de las anteriores pero que no es la función principal.

3.25 Productos para desobstruir conductos sanitarios, a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias cuya acción química o biológica remueve materia presente en los conductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales que pudieran obstruirlas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los destapacaños.

3.26 Productos para el ambiente , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias usados con el objeto de impartir un aroma al ambiente o prevenir o enmascarar o eliminar malos olores. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: aromatizantes, desodorantes, enmascarantes y los eliminadores
o controladores de malos olores del ambiente.

3.27 Productos para higiene , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que disminuye el desarrollo de microorganismos de la superficie donde se aplique.
En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los desinfectantes.

3.28 Productos para la limpieza , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que eliminan o disminuyen la suciedad orgánica e inorgánica de las superficies donde se aplica. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa
los siguientes productos: detergentes, jabones de lavandería, desengrasantes, limpiadores, desmanchadores y removedores.

3.29 Productos para protección o acabado lustroso , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que proporcionan a una superficie un acabado protector o reparador, estético, brillante o una combinación de ellos. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: ceras, lustradores, abrillantadores y selladores.

3.30 Productos preenvasados , a los productos que cuando son colocados en un envase de cualquier naturaleza, no se encuentra presente el consumidor y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente.

3.31 Producto tóxico , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso y que en función de la concentración, vía de administración y tiempo de exposición puede causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen daños a la salud o la muerte.

3.32 Superficie de información , al área del envase primario o secundario, distinta a la superficie principal de exhibición.

3.33 Superficie principal de exhibición , a la parte de la etiqueta o envase a la que se le da mayor importancia por ostentar el nombre, la marca comercial, y la denominación genérica o, en su caso, específica, excluyendo las tapas y fondos de las latas y frascos; y los hombros y cuellos de botellas.

4. Símbolos y abreviaturas

Cuando en esta Norma se haga referencia a los siguientes símbolos y abreviaturas se entiende por:

°C      grados Celsius

Cuando en la presente Norma se mencione a la Secretaría, debe entenderse que se trata de la Secretaría de Salud.

5. Clasificación

Los productos objeto de esta Norma con base a su función tecnológica se clasifican en:

5.1 Productos especiales para textiles

5.2 Productos multifuncionales

5.3 Productos para desobstruir conductos sanitarios

5.4 Productos para el ambiente

5.5 Productos para higiene

5.6 Productos para la limpieza

5.7 Productos para protección o acabado lustroso

y otros que determine la Secretaría.

6. Requisitos de etiquetado

6.1 Etiquetado sanitario

6.1.1 Denominación genérica y específica del producto.

6.1.1.1 En la superficie principal de exhibición del envase primario o secundario de los productos preenvasados objeto de esta Norma, debe figurar la denominación genérica y, en su caso, específica.

6.1.1.2 La denominación genérica se podrá establecer haciendo referencia a la presentación o función
del producto.

6.1.1.3 La denominación específica se podrá establecer haciendo referencia al lugar donde se aplicará
el producto.

6.1.2 Identificación del responsable del proceso.

6.1.2.1 En los productos nacionales, debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y domicilio (calle, número, código postal, ciudad y estado) del productor o responsable de la fabricación. En el caso de productos importados, esta información debe ser proporcionada por el importador a la autoridad competente, a solicitud de ésta.

6.1.2.2 Para el producto nacional que sea maquilado, la leyenda “Hecho para” seguido del nombre y domicilio de la persona física o moral, licenciatario o causahabiente propietario de la marca.

6.1.2.3 Tratándose de productos importados debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y el domicilio del importador (calle, número, código postal, ciudad y estado), mismos que podrán incorporarse en la etiqueta del producto, en el territorio nacional después del despacho aduanero y antes de su comercialización.

6.1.2.4 Para los productos de importación que hayan sido envasados en México deben dar cumplimento a lo dispuesto en los numerales 6.1.2.3 y 6.2.2.1.

6.1.3 Declaración de la lista de ingredientes.

6.1.3.1 La lista de ingredientes de los productos objeto de esta Norma debe figurar en la superficie de información del envase primario o, en su caso, envase secundario. La declaración debe hacerse de la siguiente manera:

6.1.3.1.1 Debe ir precedida por el término “ingredientes” y enlistarse por orden cuantitativo decreciente.

6.1.3.1.2 Los ingredientes activos, solventes, propelentes, sustancias corrosivas y aquellas que den origen a las leyendas precautorias, deben declararse con el nombre químico o técnico más comúnmente usado o utilizar una nomenclatura química internacionalmente reconocida.

6.1.3.1.3 Los demás ingredientes deben declararse y, para ello, podrá emplearse la denominación genérica, la denominación química para grupos o familias ya establecidas o la denominación funcional del ingrediente, entre los que se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes:

-         Fosfatos

-         Fosfonatos

-         Tensoactivos aniónicos

-         Tensoactivos catiónicos

-         Tensoactivos anfotéricos

-         Tensoactivos no iónicos

-         Blanqueadores base oxígeno

-         Blanqueadores base cloro

-         EDTA

-         Acido nitrilotriacético

-         Fenoles y fenoles halogenados

-         Hidrocarburos aromáticos

-         Hidrocarburos alifáticos

-         Hidrocarburos halogenados

-         Ceras

-         Silicones

-         Sulfatos

-         Carbonatos

-         Silicatos

-         Zeolitas

-         Policarboxilatos

6.1.3.1.4 En el caso de que una empresa haya desarrollado un ingrediente o una mezcla de ingredientes que promuevan una innovación en el mercado de los productos objeto de esta Norma, podrán declararse utilizando el nombre patentado o registrado por ejemplo: Bitrex®, Teflon®, etc. Los documentos que avalen la patente o el registro estarán a disposición de la Secretaría, cuando ésta lo solicite.

6.1.3.1.5 Las enzimas, colorantes, aromas, fragancias y coadyuvantes o ayudas de proceso se podrán incluir con sus nombres genéricos, a menos que sean las causantes del riesgo del producto, de ser este el caso se cumplirá con lo indicado en el numeral 6.1.3.1.2.

6.1.4 Instrucciones de uso.

6.1.4.1 Cuando el uso, manejo o conservación del producto requiera de instrucciones, por las características del mismo, dicha información debe presentarse en la superficie de información de la etiqueta del envase primario o en su caso, del envase secundario. En caso de no existir espacio suficiente, las instrucciones de uso podrán ir impresas en un instructivo anexo al envase y en este último se indicará en la superficie de información el siguiente texto: “Léase instructivo anexo”.

6.1.5 Declaración del lote.

6.1.5.1 En cualquier parte del envase primario o secundario, debe figurar en todos los productos objeto de esta Norma, la identificación del lote o dato que permita la rastreabilidad del producto con una indicación en clave o en lenguaje claro, ya sea grabado, marcado con tinta indeleble o de cualquier otro modo similar.

6.1.6 Leyendas precautorias y recomendaciones.

De acuerdo al tipo de producto, el fabricante debe incluir en la etiqueta, cuando menos, las leyendas precautorias o recomendaciones de seguridad referidas a los aspectos que se mencionan en este apartado de manera contrastante y visibles en condiciones normales de compra y uso y cuya redacción debe ser clara y que no induzca error al consumidor.

6.1.6.1 En los productos tóxicos debe figurar:

6.1.6.1.1 Que contiene sustancias tóxicas cuya ingestión, inhalación o contacto directo inmediato o prolongado, según corresponda, pueden originar graves daños a la salud.

6.1.6.1.2 Que no se deje al alcance de los niños.

6.1.6.1.3 Incluir el símbolo que identifica a una sustancia con propiedades venenosas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 1).

6.1.6.2 En los productos corrosivos debe figurar:

6.1.6.2.1 En la superficie principal de exhibición: “Lea la etiqueta antes de usar este producto”.

6.1.6.2.2 Que no reutilice el envase y que una vez terminado el contenido se deseche el mismo.

6.1.6.2.3 Que para su empleo utilice guantes.

6.1.6.2.4 Lo dispuesto en el numeral 6.1.6.1.2, así como la inclusión del siguiente símbolo que identifica a una sustancia con propiedades corrosivas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 2).

6.1.6.2.5 La palabra “corrosivo” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase.

6.1.6.2.6 Leyendas que señalen:

Las acciones a seguir en caso de ingesta, mal uso o mala aplicación del producto, por ejemplo:

6.1.6.2.6.1 Que en caso de ingestión accidental, no se provoque vómito y se obtenga ayuda médica
de inmediato.

6.1.6.2.6.2 Que en caso de contacto con la piel o con los ojos, enjuague con abundante agua y obtenga ayuda médica.

6.1.6.3 En los productos inflamables debe figurar:

6.1.6.3.1 Los textos: “inflamable” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase y “Mantener lejos del fuego y de instalaciones eléctricas”.

6.1.6.3.2 Las demás leyendas señaladas en los numerales 6.1.6.1 y 6.1.6.2 que sean aplicables de acuerdo a la fórmula del producto.

6.1.6.4 Los productos que se expendan en envases presurizados, deben presentar las siguientes leyendas:

6.1.6.4.1 Que no se use cerca de los ojos o flama.

6.1.6.4.2 Que no se queme o perfore el envase.

6.1.6.4.3 Que no se exponga al calor.

6.1.6.4.4 Lo dispuesto en el numeral 6.1.6.1.2.

6.1.6.5 Cuando la composición de la fórmula no permita la mezcla con otras sustancias por representar un riesgo a la salud se debe manifestar dicha acción de manera clara.

6.1.6.6 En los productos en cuya formulación intervengan sustancias o compuestos, tales como enzimas y oxidantes, entre otros, que por su concentración y características en producto terminado presenten problemas de irritación o sensibilización en piel o en mucosa bajo condiciones normales de uso harán figurar leyendas que se refieran a los siguientes aspectos: Que puede provocar irritación en la piel y en mucosas,
y que se usen guantes si se presenta irritación.

6.2 Etiquetado comercial

6.2.1 Nombre o marca comercial del producto.

6.2.2 País de origen.

6.2.2.1 Leyenda que identifique el país de origen del producto o gentilicio, por ejemplo: “producto de...”, o “producto...”, “Hecho en ...”, “Manufacturado en ...” u otros análogos, sujeta a lo dispuesto en los tratados internacionales de los cuales México sea parte.

6.2.3 Indicación de cantidad.

6.2.3.1 El etiquetado de los productos de aseo debe cumplir con lo que establecen las normas oficiales mexicanas NOM-030-SCFI-1993, Informació n comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones y NOM-008-SCFI-1993, Sistema General de Unidades de Medida, vigentes. La unidad de medida puede adicionalmente figurar en otro sistema de unidades de medida con el mismo tipo de letra y por lo menos con el mismo tamaño.

6.3 Generalidades

6.3.1 Para la comercialización de los productos objeto de este ordenamiento que se encuentren en envase múltiple o colectivo, éste debe ostentar cuando menos la siguiente información: marca, denominación e indicación de cantidad, a menos que los materiales del envase múltiple o colectivo permita leer la
etiqueta individual.

6.3.2 Para la comercialización de los productos objeto de este ordenamiento que se encuentren en un envase múltiple o colectivo, cuyas presentaciones individuales sean utilizadas en una sola aplicación, toda la información a que se refiere la presenta Norma Oficial Mexicana, debe estar contenida en éste, e incluir además, la instrucción que se conserve el envase hasta agotar el producto. Asimismo, la presentación individual o el envase múltiple o colectivo debe ostentar la leyenda: “No etiquetado para su venta individual”. Lo anterior no será necesario en caso de que las presentaciones individuales ostenten la información correspondiente en la presente Norma, por lo que el etiquetado del envase múltiple o colectivo debe cumplir con lo establecido en el numeral 6.3.1.

6.3.3 La presentación individual debe contener el etiquetado completo de acuerdo con la presente Norma Oficial Mexicana, a excepción del caso mencionado en el numeral 6.3.2.

6.3.4 El fabricante o comercializador de los productos de aseo de uso doméstico que se expenden a granel deben garantizar que el producto suministrado al consumidor ostente una etiqueta que cumpla con las disposiciones establecidas en este ordenamiento.

6.4 Características de la etiqueta:

6.4.1 Todas las etiquetas deben ser diseñadas, elaboradas y fijadas de tal forma que la información contenida en las mismas permanezca disponible durante el uso normal del producto.

7. Requisitos de envasado

7.1 Los envases de los productos objeto de este ordenamiento deben cumplir con lo siguiente:

7.1.1 Los productos objeto de esta Norma, que representen un riesgo a la salud por su acción tóxica, corrosiva o inflamable deben contar con dispositivos de seguridad y estar contenidos en envases resistentes a niños.

7.1.2 Los aromatizantes sólidos o pastillas desodorantes deben contar con un envase primario que sea de un material resistente que no permita su fácil apertura por los niños o contar con un envase secundario para su comercialización.

7.1.3 El comercializador de los productos de aseo de uso doméstico que se expenden a granel debe garantizar que el envase en el que se suministra el producto al consumidor cumpla con las disposiciones establecidas en este ordenamiento, siendo responsabilidad del comercializador que los envases que se utilizan para contener alimentos preenvasados no se empleen para la venta de productos de aseo a granel.

8. Presentación de la información

8.1 La información que debe aparecer en la etiqueta de los productos objeto de esta Norma, debe indicarse con caracteres claros, visibles, indelebles y fáciles de leer por el consumidor en circunstancias normales de compra y uso.

8.2 Los productos destinados a ser comercializados en el mercado nacional, deben ostentar una etiqueta con la información a que se refiere esta Norma en idioma español, independientemente de que también pueda estar en otros idiomas, cuidando de que los caracteres sean al menos iguales en tamaño, proporcionalidad tipográfica y colores iguales o similares a aquellos en los que se presente la información en otros idiomas.

8.3 Los términos champú y espray como presentaciones de los productos de aseo, podrán declararse en idioma inglés sin traducción.

9. Declaraciones no permitidas

9.1 No se deben declarar propiedades que no puedan comprobarse.

10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

10.1 Esta Norma no es equivalente a ninguna norma internacional ni mexicana por no existir al momento de su elaboración.

11. Bibliografía

11.1 Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. 1992. Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

11.2 Secretaría de Salud. 1991. Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación . México, D.F., y sus reformas de 1997.

11.3 Secretaría de Salud. 1999. Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

11.4 Secretaría de Salud. 1988. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

11.5 Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas emitidas por la Organización de las Naciones Unidas. Edición novena. Nueva York y Ginebra 1995.

11.6 Code of Federal Regulations. Consumer Products Safety Commission. 1700.20 Testing Procedure for special packaging.

11.7 Joseph F. Hanlon. 1992. Handbook of packaged engineering. Technomic. Publishing Company, Inc. Lancaster. USA. p. 13-9 y 13-11.

11.8 Ing. José Antonio Rodríguez Tarango. 1991. Introducción a la Ingeniería de Empaques para la Industria de los Alimentos, Farmacéutica, Química y de Cosméticos. Edición particular. México, D.F.
p. 116-143.

12. Observancia de la Norma

12.1 La vigilancia en el cumplimiento de las especificaciones sanitarias de la presente Norma corresponde a la Secretaría de Salud.

12.2 La vigilancia en el cumplimiento de las especificaciones comerciales de la presente Norma corresponde a la Secretaría de Economía, a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y a las Unidades de Verificación acreditadas para tal efecto.

13. Vigencia

13.1 La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 365 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación , salvo las disposiciones sobre la declaración de lote, que entrarán en vigor a los seis meses, en el punto de venta, contados a partir de la entrada en vigor del presente instrumento.

México, D.F., a 1 de agosto de 2002.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, Ernesto Enríquez Rubio .- Rúbrica.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Información Comercial, Seguridad al Usuario y Prácticas de Comercio,
Miguel Aguilar Romo .- Rúbrica.

 

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16-10-2009
Dessert Grapes and Raisins
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Agro, Alimenticia |

Jorge Bubica - Dessert Grapes - Raisins

Our company is located in the province of San Juan, in the Central-Western area of the Republic of Argentina.  Due to its   extension   and   geographic   location,   our   country possesses  all  climate and soil variants. San Juan enjoys exceptional climate conditions for vine growth;  more  than half   of   its   cultivated   lands  have  been devoted to this production.   The oasis,   where fruit,   wine,   and  garden activities   are   carried   out,   are   valuable  resources of production.  The  climate is arid and dry with scarce rains. Annual  rain  figures  are very low. The sun is very hot and there  exists  an  important temperature variation between day and night. The highest temperatures registered in the province  go  above  45ºC  in  summer, and the lowest go below -6ºC in winter. During  latter  there  are many frosts and when cold governs.

San Juan is geomorphologically  structured  by  a  series  of mountain ranges, most of them with a North-South direction  from  different  geological times. Among them there are low areas or flat longitudinal valleys formes by modern sediments.  Two  third  parts  of San Juan relief are mointainous. To the West, the peaks  of Los Andes Cordillera  eternally  covered  with snow can be seen. Among these heights longitudinal valleys appear and Pre- cordillera  continues from North to South. The Western border of these  heights  allow  the  union  of the waters which come down from the Main and Front cordilleras giving rise to Jachal and San Juan rivers. These allow the formation  of  oasis,  where  fruit,  viticultural and horticultural activities are developed, which constitute valuable sources  of  production.  In  fact,  through  the  nutritious  water  of  San  Juan  River,  our vineyards receive the necessary irrigation to yield an excellent product.

The origins of our company trace back to 1927 with the arrival of the Croatian immigrant Jorge Bubica. Once settled  down  in  the  province of  San  Juan and driven by his  passion  for  wine  cellars and  vineyards, he devoted   to  grape growing,   an   activity  which  he  would performed for forty years.

In 1967, Jorge Bubica Junior, heir of his father's passion, gave the company a boost with the re-conversion of high  quality  varietals; and so starting with the production of the first raisins as well as with the incorporation of  the  first  varieties  of  dessert  grapes,  with  some of which he was the pioneer. Nowadays, he continues
controlling the development and growth of each of the bunches of our vineyards.

Presently,  we  continue  enlarging  our  cultivations  and  facilities,  incorporating   high  technology  to  our production,  elaboration  and  processing  systems.  All  this  enable us to reach the different markets of the world with products in optimum conservation, presentation and flavour conditions.

All our finished products come from grapes from our own production, which are harvested in the most convenient time of the year for each destination and under strict standards of selection and preparation for sale.

All of our products come from grapes of our own vineyards, which are picked in the most appropiate season for  each  destination and under selection and packaging standards. Our raisins and dessert grapes are top quality and they are intended to meet the most demanding local and international markets.

Dessert grapes

Our vineyards are carefully controlled on every stage of growth   and   development.  In   this   way,   when  the bunches reach the optimum size, colour, and ripeness, we proceed with the harvest. The harvest is carried out manually  and  the  grapes  are  placed  in  boxes and taken just  some  metres  away,  where our packaging plant is.
The  packaging  plant has the necessary conditions to keep  the bunches  fresh  during the packaging and to ensure  that  they  get  to destination  in  optimum conditions.

There, each bunch is submitted to a strict quality control and all the grapes, which may not have a completely uniform colour, or which may have any other sort of defect, are manually eliminated. The bunches are weighted and packaged; and  then,  they  are  immediately  taken  into  the  pre-cold chamber; and then, into the cold chamber and/or into the refrigerated truck or container which will take them to their destination.

Our Grape varieties:

  • Superior Seedless Grapes
  • Red Globe Grapes
  • Thompson Seedles Grapes
  • Flame Seedless Grapes


Grape Raisins

The grapes are harvested  with the optimum degree  of ripeness  so  as to get excellent raisins. Immediately after that,  they  are  taken  to  the  drying  area  and spread  on  grids  on  big boulders.  Bunches are sun dried  in  a completely  natural  way,  and  they  are regularly  manually  rotated  so  that  the  process is carried  out  evenly on  every grape. It is essential  to reach  a completely healthy product; in this process, the  intense  sunlight and the  scarce  humidity,  which characterise the area, have a great influence. The  evaporation  of the  water  in  the grapes  rapidly reaches  a point,  which prevents the development of fungi and bacteria.

Raisins

Once  the  grapes  reach  the ideal humidity level, they are taken to conservation chambers, where they are  kept in  perfect  humidity  and health conditions. For every order, each batch is taken to the  processing  plant and the raisin comes into the processing line for its washing, selection, quality control and packaging.

Jorge Bubica Grapes and Raisins are ready for export. If you want more information regarding our products please contact us.

To contact Jorge Bubica please fill the contact form

Form more company information (in Spanish) visit our showroom

 

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13-01-2009
Etiquetas laminadas o monocapa
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Bebidas, Empaque, Envase y Embalaje, Adhesivos |

Etiquetas laminadas o monocapa

¿Qué son las etiquetas?

De manera simple, las etiquetas son un elemento que se adhiere a otro con el objetivo de identificarlo o describirlo.

Principalmente, las etiquetas sirven para describir el contenido de los envases, jugando un papel muy importante en la exhibición y venta del producto. Brindan al cliente la información referente al producto, identifican al fabricante, pueden incluir mensajes de venta, información nutrimental e ingredientes, imágenes, entre otras cosas.

Tipos de etiquetas

Las etiquetas se fabrican en una gran variedad de tamaños, formas, diseños, materiales y adhesivos. Las etiquetas pueden ser de papel, plástico, papel metalizado o laminado.

Las etiquetas laminadas son muy resistentes, ofrecen un excelente desempeño y manejo. Pueden ser impresas por ambos lados, dando a los envases una mejor presentación.

Proveedores de etiquetas laminadas

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